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Derecho de los pueblos indígenas y afromexicanos a elegir a sus autoridades y representantes.
dc.contributor.author | Calvo Barrera, Raul | |
dc.date.accessioned | 2024-09-17T03:46:17Z | |
dc.date.available | 2024-09-17T03:46:17Z | |
dc.date.issued | 2022-10 | |
dc.identifier.issn | ISBN: 978-607-8878-07-9 | es_MX |
dc.identifier.uri | http://ri.uagro.mx/handle/uagro/4747 | |
dc.description | La fracción III del artículo 11 de la Constitución guerrerense reconoce uno de los derechos sociales y políticos más importantes para los pueblos y comunidades indígenas: la potestad de elegir a sus propias autoridades y representantes mediante las normas y prácticas que tradicionalmente han usado para organizar y dar vida a su régimen interno de poder, con independencia de las utilizadas por otros grupos poblacionales mayoritarios. Por lo tanto, en su ejercicio se refleja la capacidad de los pueblos y comunidades para practicar su potestad de autoorganización y auto regulación política bajo la protección de los principios de libre determinación y de maximización de la autonomía, pero con las restricciones que impone el diseño constitucional, por ejemplo, el respeto a la competencia de otros órganos estatales. Este derecho encuentra sustento constitucional federal en la disposición normativa contemplada en el artículo 2o, apartado A, fracción III, que indica: ¿Elegir de acuerdo con sus normas, procedimientos y prácticas tradicionales, a las autoridades o representantes para el ejercicio de sus formas propias de gobierno interno, garantizando que las mujeres y los hombres indígenas disfrutarán y ejercerán su derecho de votar y ser votados en condiciones de igualdad; [...]¿. En consecuencia, esta fracción reúne, en realidad, dos acciones relevantes para la buena marcha de la vida política de pueblos y comunidades indígenas en la entidad. Por un lado, se encuentra el derecho de autogobierno, es decir, el reconocimiento a uno o más grupos minoritarios, dentro del Estado pluricultural y pluriétnico, de diseñar y ejercer de forma autónoma atribuciones de carácter político y/o jurisdiccional (Carbonell, 2007), siempre y cuando se respeten los derechos humanos, con perspectiva de género, y dentro de los marcos jurídicos estatal y nacional vigentes. | es_MX |
dc.format | es_MX | |
dc.language.iso | spa | es_MX |
dc.publisher | Universidad Autónoma de Guerrero | es_MX |
dc.rights.uri | http://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/4.0 | es_MX |
dc.subject.classification | CIENCIAS SOCIALES::CIENCIA POLÍTICA::CIENCIAS POLÍTICAS::PLANIFICACIÓN POLÍTICA | es_MX |
dc.title | Derecho de los pueblos indígenas y afromexicanos a elegir a sus autoridades y representantes. | es_MX |
dc.type | Capítulo de libro | es_MX |
dc.type.conacyt | bookPart | es_MX |
dc.rights.acces | openAccess | es_MX |
dc.audience | generalPublic | es_MX |
dc.identificator | 5||59||5902||590213 | es_MX |
dc.format.digitalOrigin | Born digital | es_MX |
dc.thesis.degreelevel | Doctorado | es_MX |
dc.thesis.degreename | Maestría en Ciencia Política | es_MX |
dc.thesis.degreegrantor | Universidad Autónoma de Guerrero | es_MX |
dc.thesis.degreedepartment | Instituto Internacional de Estudios Políticos Avanzados | es_MX |
dc.thesis.degreediscipline | Ciencias Sociales | es_MX |
dc.identifier.cvuagro | 718603 | es_MX |