División de poderes en México, 1997-2003: repensar el modelo de frenos y contrapesos
Abstract
Los constituyentes mexicanos del siglo XIX, inspirados en la experiencia estadounidense, adoptaron -aunque no las adecuaran suficientemente- las principales instituciones del modelo federalista de división de poderes, de tal forma que el poder político se distribuyó formalmente de manera equilibrada y autónoma entre los poderes ejecutivo y legislativo. La Constitución mexicana vigente de 1917 ratifica, en buena medida, los principios constitucionales básicos de gobierno conforme al esquema estadounidense de frenos y contrapesos: república federal y representativa, integrada por estados libres y soberanos; una estructura de distribución del poder político equilibrada, autónoma y con facultades de interpenetración parcial entre los poderes legislativo, ejecutivo y judicial; congreso bicameral, ejecutivo monista con capacidad de veto; y un poder judicial relativamente independiente. Este esquema se complementa con mecanismos de elección de la representación política y de gobierno en modos y tiempos diferentes.
Collections
- Libro [29]