¿Paridad de género en la postulación de candidaturas para las elecciones judiciales federales en Guerrero en 2025?
Resumen
El tema del rezago de las mujeres en la participación en la esfera pública y en la toma de decisiones trascendentes en México continúa su curso. Desde que se publicó la reforma constitucional del 6 de junio de 2019 en materia de paridad entre géneros, conocida popularmente como Paridad en Todo, el debate para hacer efectivo ese principio constitucional permanece en las distintas instancias de discusión legislativa, administrativa y jurisdiccional. La reforma constitucional de aquel año modificó diversas disposiciones para conseguir que: 1) En los ayuntamientos con población indígena se garantice la paridad de género en su integración; 2) Sea un derecho de la ciudadanía por igual en la elección de todos los cargos de representación popular en los tres niveles de gobierno, y para ello mandata a los partidos políticos a cumplir con ese principio; 3) Se amplíe esa igualdad de oportunidades a cargos públicos de designación en los tres poderes de la Unión y de las entidades federativas, así como en los órganos constitucionales autónomos o de relevancia constitucional federales y locales; además de los órganos de gobierno de los municipios.